La Dirección de Administración y Finanzas Municipal es el organismo encargado de ejecutar las acciones propias, dirigir las actividades de coordinación y ejecución con la Tesorería Municipal, de la unidad de Tránsito y de Patentes, del Encargado de Adquisiciones, de la secretaria e Inspector Municipal y su coordinación con las demás unidades y departamentos de la municipalidad.El Departamento de Administración y Finanzas, tiene como objetivo principal procurar la óptima provisión, asignación y utilización de los recursos humanos, económicos y materiales necesarios para el normal y buen funcionamiento del municipio.
Las funciones y/o actividades que le corresponde ejecutar a la Dirección de Administración y Finanzas están dadas expresamente en el contexto del artículo 27° de la Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, a saber:
- Asesorar al Alcalde en la administración del personal de la Municipalidad.
- Asesorar al Alcalde en la Administración financiera de los bienes municipales, para lo cual le corresponde específicamente:
- Estudiar, calcular, proponer y regular la percepción de cualquier tipo de ingresos municipales.
- Colaborar con la secretaría comunal de planificación en la elaboración del presupuesto municipal.
- Visar los decretos de pago.
- Llevar la contabilidad municipal en conformidad con las normas de la contabilidad nacional y con las instrucciones que la Contraloría General de la República imparta al respecto.
- Controlar la gestión financiera de las empresas municipales.
- Efectuar los pagos municipales, manejar la cuenta bancaria respectiva y rendir cuentas a la Contraloría General de la República.
- Recaudar y percibir los ingresos municipales y fiscales que corresponda.
- Informar trimestralmente al Concejo sobre el detalle mensual de los pasivos acumulados desglosando las cuentas por pagar por el municipio y las corporaciones municipales. Al efecto, dichas corporaciones deberán informar a esta unidad acerca de su situación financiera, desglosando las cuentas por pagar.
- Mantener un registro mensual, el que estará disponible para conocimiento público, sobre el desglose de los gastos del municipio. En todo caso, cada Concejal tendrá acceso permanente a todos los gastos efectuados por la municipalidad.
- Remitir a la Subsecretaría de desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior, en el formato y por los medios que ésta determine y proporcione, los antecedentes a que se refieren las letras c) y d) precedentes. Dicha Subsecretaría deberá informar a la Contraloría General de la República, a lo menos semestralmente, los antecedentes señalados en la letra c) antes referida.
El informe trimestral y el registro mensual a que se refieren las letras c) y d) deberán estar disponibles en la página web de los municipios y, en caso de no contar con ella, en el portal de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo en un sitio especialmente habilitado para ello.
Jaime Fernandez Arriagada
Director de la Dirección de Administración y Finanzas, Fono: 43 - 2216559, Email: daf@municipalidadantuco.cl
Katherine Salinas Gonzalez
Secretaria de la Dirección de Administración y Finanzas, Fono: 43-2216559, Email: secdaf@municipalidadantuco.cl